
30 oct 2025
Visado de Residencia No Lucrativa: Guía 2025 para Vivir en España sin Trabajar
Spain Non-Lucrative Visa
Residency in Spain
Retire in Spain
Passive Income Spain
Visado de Residencia No Lucrativa: Guía 2025 para Vivir en España sin Trabajar
Para aquellas personas que cuentan con medios económicos suficientes para mantenerse (a sí mismas y a sus familias) sin necesidad de trabajar, el Visado de Residencia No Lucrativa (VNL) es una de las vías más populares para residir en España.
Esta autorización te permite vivir en el país en base a tus propios ingresos pasivos o ahorros. Es la ruta ideal para jubilados, inversores o cualquier persona que desee tomarse un año sabático en España.
Distinción Crucial: Este visado no es para teletrabajar. Si planeas seguir trabajando a distancia para clientes extranjeros, deberías explorar el Visado de Nómada Digital (DNV). El VNL es específicamente para residir sin realizar ninguna actividad laboral o profesional.
Aviso Legal: Este documento tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada caso requiere una evaluación profesional personalizada.
1. Definición y Requisitos Clave
¿Qué es?
El Visado de Residencia No Lucrativo (NLV) es una autorización de residencia temporal que permite a un ciudadano no comunitario residir en España durante un periodo inicial de un año, acreditando medios económicos suficientes y sin realizar ninguna actividad laboral o profesional.
¿Para quién es?
Esta visa está principalmente diseñada para:
Jubilados con una pensión estable.
Inversores con rendimientos de inversiones (dividendos, intereses, etc.).
Individuos con ahorros significativos que desean vivir temporalmente en España.
2. Requisitos Básicos y Documentación Necesaria
Para ser elegible para la NLV, se debe cumplir con varias condiciones clave y proporcionar la correspondiente documentación.
A. Nacionalidad No UE/EEE
Requisito: el solicitante debe ser ciudadano de un país fuera de la Unión Europea, Área Económica Europea o Suiza.
Prueba: Una copia completa y legible de su pasaporte actual y válido (debe ser válido por al menos 15 meses al momento de la presentación).
B. Medios Financieros Suficientes (Requisito Principal)
Requisito: se debe demostrar la disponibilidad de recursos financieros suficientes y continuos para mantenerse a sí mismo y a cualquier miembro de la familia acompañante durante su estancia, evidenciando que el origen de los fondos no proviene de actividades profesionales.
La Cantidad: El mínimo legal es el 400% del IPREM de España (un indicador de renta pública que, para 2025, ha sido de 600€) al mes para el solicitante principal, y un 100% adicional del IPREM al mes por cada miembro de la familia.
(Nota: El IPREM se actualiza anualmente, pero esto se traduce en aproximadamente 2.400€ al mes para el solicitante y 600€ al mes por cada dependiente, o un total de 28.800€ y 7.200€ en ahorros, respectivamente, para cubrir el primer año de validez inicial).
Prueba: Esta es la parte más crítica de la solicitud. La prueba puede incluir:
Certificados bancarios que muestren un saldo estable en los últimos 6-12 meses. Si proporciona información sobre cuentas extranjeras, la documentación debe incluir:
a) El nombre completo y la dirección legal de la institución financiera.
b) Identificación completa de la(s) cuenta(s).
c) Saldos de cuentas al 31 de diciembre del año anterior y el saldo promedio durante el último año.
Cheques certificados o tarjetas de crédito con un certificado bancario que indique el límite de crédito.
Documentos oficiales que demuestren un ingreso pasivo y continuo (declaraciones de pensión, estados de cartera de inversión, contratos de alquiler de propiedades que posea, etc.).
Si los medios financieros provienen de acciones o participaciones en empresas españolas, mixtas o extranjeras con sede en España, debe proporcionar un certificado de la empresa confirmando que no realiza ninguna actividad laboral, acompañado de una declaración jurada de su parte a ese efecto.
Si se poseen acciones en empresas, se debe proporcionar un certificado que demuestre que no realiza ningún trabajo para ellas, junto con una declaración jurada al respecto.
Si el propósito del solicitante es residir en España debido a un año sabático y está cesando sus actividades profesionales, se debe proporcionar una prueba de esa circunstancia (una carta de compromiso, prueba del empleador actual/pasado, etc.).
C. Seguro de Salud con Cobertura Completa
Requisito: Se debe tener una póliza de seguro de salud público o privado con una entidad autorizada para operar en España. Debe cubrir todos los riesgos normalmente cubiertos por el Sistema Nacional de Salud de España, sin copagos ni períodos de espera.
Prueba: El certificado oficial y el documento de la póliza de su proveedor de seguros. En Navian Law, colaboramos con un corredor de seguros de salud que podría proporcionar una póliza adecuada para propósitos de inmigración.
D. Antecedentes Penales Limpios
Requisito: No debe tener antecedentes penales en España ni en ningún país donde haya residido en los cinco últimos años.
Prueba: Certificado(s) de Antecedentes Penales de las autoridades federales/nacionales pertinentes de los países en los que el solicitante haya residido en los últimos cinco años, debidamente apostillado/legalizado y con traducción jurada.
E. Certificado Médico
Requisito: el solicitante no debe sufrir enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública, según lo definido por el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
Prueba: Un certificado médico específico, emitido recientemente, confirmando esto. Este documento también debe estar apostillado/legalizado e incluir una traducción jurada.
F. No figurar como rechazable en territorio español
Requisito: no estar sujeto a una prohibición de entrada, y no tener un compromiso de "no retorno" a España.
Prueba: Esto es verificado por el Consulado durante el proceso de solicitud.
G. Familiares Directos Acompañantes
Requisito: se puede solicitar simultáneamente para los familiares directos del solicitante principal (cónyuge/pareja, hijos menores, hijos adultos dependientes).
Prueba: Certificados oficiales que prueben la relación familiar (ej., certificado de matrimonio, acta de nacimiento), emitidos recientemente, apostillados/legalizados y con traducción jurada. Se requiere prueba de dependencia financiera para hijos adultos.
H. Documentos soporte accesorios
Formulario de Solicitud de Visado Nacional completado y firmado y el Formulario de Solicitud de Permiso de Residencia.
Prueba de pago de la tarifa de solicitud gubernamental y consular (los métodos de pago específicos varían según cada consulado).
Notas Importantes:
Traducciones: Todos los documentos oficiales que no estén originalmente en español deben ir acompañados de una traducción jurada al español.
Legalizaciones/Apostillas: Todos los documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras deben estar debidamente legalizados o llevar la Apostilla de La Haya.
3. Descripción General del Proceso de Solicitud
Una diferencia crítica con otras visas (como el DNV) es que la solicitud de la Visa de Residencia No Lucrativa siempre debe iniciarse desde su país de origen o país de residencia legal. No puede solicitarla mientras esté en España como turista.
1. Solicitud en el Consulado Español
Dónde: La solicitud debe ser presentada en persona (o a través de un representante autorizado, si se permite) en el Consulado Español que tenga jurisdicción sobre el lugar de residencia del solicitante.
2. Plazo de Resolución
El plazo legal de resolución es de un mes.
Importante: A diferencia de muchas otras visas, si no se recibe una respuesta en tres meses, la solicitud se considera denegada por silencio administrativo. Esto hace esencial una solicitud perfectamente preparada desde el inicio.
3. Recogida de Visado y Entrada a España
Si la solicitud es aprobada, se notificará para recoger el visado en persona en el plazo de un mes.
Una vez recogido, el visado es válido para entrar en España, lo cual debe ocurrir durante el periodo de validez del visado recibido.
4. Paso Final: La Tarjeta TIE en España
La autorización inicial de residencia comienza en la fecha de entrada a España.
En el plazo de un mes desde la llegada, se debe solicitar en persona la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Comisaría de Policía designada en su provincia de residencia.
Esta tarjeta TIE inicial será válida por un año.
Esta guía proporciona un marco general. La Visa de Residencia No Lucrativa es revisada minuciosamente, y el éxito depende de un perfil financiero y personal perfectamente documentado y presentado estratégicamente. El asesoramiento legal personalizado es esencial.
